El crédito de educación tiene como finalidad financiar estudios del asociado o de su núcleo familiar básico en instituciones de educación legalmente constituidas. Requisitos: Ser asociado hábil y estar al día en aportes y obligaciones con el Fondo. REG CRD. Versión 2025-09 REGLAMENTO DE CREDITO DEL FONDO DE EMPLEADOS COLOMBIANO – FONDESCOL - Presentar la solicitud de crédito diligenciado el Formato “Solicitud de Crédito” (Formato FSC202509), “la carta de instrucciones” (Formato FCI202509), “Pagare” (Formato FP202509) Presentar constancia de matrícula o certificado de estudio. Cumplir con los requisitos generales de asociado hábil. Contar con garantías cuando el monto lo requiera. Presentar el recibo de pago para el desembolso y posteriormente la factura de pago con fecha no mayor a ocho (8) días calendario, de lo contrario el crédito pasará a línea de crédito de consumo, aplicando la tasa de interés correspondiente. Para este crédito no estará limitado al cupo, siempre y cuando la capacidad de pago del deudor no supere el 40% en descuentos del salario, de acuerdo con la limitación establecida por el Código Sustantivo de Trabajo en sus artículos 151, 152, y 153 y al reglamento interno de la empresa.